Exoneran a excomandante poblano: Tribunal desecha pruebas en caso Lydia Cacho

-Absuelven a ex jefe policiaco en el caso de tortura a Lydia Cacho; tribunal desecha pruebas clave

Redacción / Información nacional.

Un tribunal colegiado federal anuló la sentencia de prisión contra el ex comandante de la Policía Judicial de Puebla, Juan Sánchez Moreno, al considerar que no existen pruebas sólidas para responsabilizarlo del delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho Ribeiro, ocurrido tras su detención en 2005.

La resolución fue emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en Quintana Roo, que por unanimidad de votos otorgó un amparo liso y llano al ex mando policiaco, dejando sin efecto la condena de siete años y medio de prisión y 15 años de inhabilitación que pesaba en su contra.

El tribunal ordenó que, en un plazo máximo de 24 horas, se emita una sentencia absolutoria a favor de Sánchez Moreno, quien fue uno de los siete acusados por la tortura psicológica y física sufrida por la periodista tras denunciar una red de pederastia que involucraba a empresarios y funcionarios públicos.

Según la sentencia, los magistrados concluyeron que no hay pruebas fehacientes que acrediten la participación directa o indirecta del ex comandante en los actos de tortura.

En su análisis, el tribunal señala que ni las declaraciones de la víctima, ni los peritajes psicológicos realizados a Lydia Cacho son suficientes para sostener que Sánchez Moreno ordenó o facilitó las agresiones cometidas por otros elementos de la corporación durante el traslado de Cancún a Puebla, en diciembre de 2005.

> “No existe ninguna prueba que de manera fehaciente y contundente destruya el principio de presunción de inocencia (…) máxime al considerar que los actos y omisiones identificados como constitutivos de tortura se realizaron directamente por otros sujetos activos”, resolvió el tribunal.

El amparo promovido por la defensa, identificado como 76/2022, fue resuelto el pasado 4 de julio. En él se sostiene que no se acredita la autoría mediata de Sánchez Moreno, figura jurídica que implicaría que el delito fue cometido por terceros bajo su mando o instrucción.

El nombre de Lydia Cacho cobró notoriedad nacional e internacional en 2005, tras la publicación del libro Los demonios del Edén, en el que reveló una red de explotación infantil con presuntos vínculos con el empresario Kamel Nacif y el entonces gobernador de Puebla, Mario Marín.

Días después, Cacho fue detenida en Cancún por elementos de la policía poblana y trasladada por tierra hasta Puebla. Durante ese trayecto, la periodista denunció haber sido víctima de agresiones físicas, intimidaciones y vejaciones.

Aunque el caso tardó más de una década en reactivarse, en 2018, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) ejerció acción penal contra siete personas. En mayo de 2019 se dictó auto de formal prisión contra Sánchez Moreno y, en enero de 2020, un juez de distrito lo condenó a 5 años y 3 meses. Posteriormente, en 2021, el fallo fue ratificado y la pena aumentada a 7 años y medio.

El fallo del tribunal no solo beneficia directamente a Juan Sánchez Moreno, sino que también lanza una señal sobre la fragilidad jurídica del caso en contra de otros acusados, entre ellos el ex gobernador Mario Marín y el empresario Kamel Nacif, prófugo de la justicia.

El nuevo criterio judicial podría ser utilizado por las defensas de los otros involucrados para buscar sentencias similares, bajo el argumento de que no hay pruebas contundentes sobre la autoría o participación en actos de tortura.

La periodista Lydia Cacho, que desde hace años se encuentra exiliada por razones de seguridad, no ha emitido comentarios tras la resolución. El caso, sin embargo, continúa como uno de los emblemas de impunidad en los delitos contra la libertad de expresión en México.

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