Con una votación dividida de ocho contra tres, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad que permite el uso lúdico de la marihuana.
La SCJN exhortó de nuevo al Congreso de la Unión, que a la fecha y después de tres años lo ha pospuesto, a legislar respecto del derecho constitucional al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, a fin de generar seguridad jurídica a los usuarios y terceras personas, así como las condiciones de información necesarias para ejercerlo responsablemente.
A favor del proyecto votaron los ministros Alfredo Gutiérrez, Javier Laynez, Arturo Zaldívar, Juan Luis González, Margarita Ríos, Luis María Aguilar y Fernando Franco. En contra Alberto Pérez, Mario Pardo y Yasmín Esquivel.
“Mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá remitir esas autorizaciones solo a personas adultas y para los efectos precisados en las ejecutorias respectivas, a saber, la adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis y del psicotrópicos THC en conjunto conocido como mariguana”, dijo La ministra Norma Piña Hernández, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución.
Por su parte el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, afirmó que hoy es un día histórico para las libertades.
“Hoy es un día histórico para las libertades, después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico de la mariguana, Se confirma, una vez más, que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos funciona y un tribunal constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede legislativa”, aseguró Zaldívar.
Yasmín Esquivel quien voto en voto en contra de la legalización afirmó; “Desde mi punto de vista, con ella se generaría un enorme vacío legal y una caótica situación en la expedición de autorizaciones para tales finalidades, cuya falta de regulación, en forma integral, provocaría una mayor situación de inconstitucionalidad por la falta de seguridad jurídica que habría en las condiciones en qué operarían tales autorizaciones; todo ello, en perjuicio de los propios consumidores y de la sociedad en general”.
¿Qué significa que se pueda hacer ‘uso lúdico’ del cannabis?
El autoconsumo con fines lúdicos o recreativos de la marihuana implica que alguien pueda sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar este tipo de planta.
Además, cada individuo podría tener derecho a poseer cuatro plantas de cannabis en los hogares y portaciones de hasta 28 gramos.
Algunas personas consideran que esta planta es un tipo de droga que puede dañar en muchos sentido a quienes lo consumen e incluso a la sociedad en general.
A lo cual la ministra Margarita Ríos Farjat afirma: “Este Pleno no está definiendo una política de drogas sino reaccionando a la inactividad legislativa de regular los aspectos inherentes al consumo de la mariguana con fines recreativos.”