Este próximo domingo se celebra el día de la Independencia de México, el cual es un día festivo oficial en todo el país y es considerado como día no laborable pero si trabajo el 16 de septiembre ¿se paga el triple?, es la pregunta de muchos mexicanos.
De acuerdo al Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, es un día de descanso obligatorio.
La Independencia de México es el resultado de un proceso político y social resuelto por la vía de las armas, que puso fin al dominio español en los territorios de Nueva España. La batallas por la independencia mexicana se extendieron desde el Grito de Dolores, el 16 de septiembre de 1810, hasta la entrada del Ejército Trigarante a la Ciudad de México, el 27 de septiembre de 1821. Ley Mexicana Federal del Trabajo.
En el artículo 75 de la misma ley nos indica en relación a los días no laborales que los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje.
Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
Por esto se dice comúnmente que se paga triple, es decir, se le debe pagar a los trabajadores el día festivo normalmente como si laboraran, pero como pena para el patrón que haga trabajar a sus trabajadores en ese día el 200% adicional, de esta manera llegamos al 300% o triple.