En las consecuencias del consumo están las enfermedades cronicodegenerativas, como el cáncer y la diabetes (CONAHCYT)
Redacción / Ciudad de México.
En la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, se discute la iniciativa de reformas a los artículos 4 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para darle carácter constitucional a la prohibición de sembrar y utilizar para la alimentación de seres humanos el maíz transgénico.
Dicho tipo de maíz, es un grano al que se ha modificado genéticamente para hacerlo más resistente a plagas y lograr un crecimiento mayor de la mazorca. Al alterarse genéticamente, se distingue del maíz natural y adquiere nuevas propiedades que resultan un riesgo para el ser humano y para el medio ambiente.
Actualmente, a México llega este tipo de maíz procedente de los Estados Unidos, que presuntamente es utilizado únicamente para alimentar el ganado y para la industria. Para prevenir el uso en la dieta humana y la contaminación del maíz original a través del cultivo de ese grano, el gobierno federal emitió un decreto, el 31 de diciembre de 2020 que prohíbe estos usos del producto transgénico. La disposición fue confirmada por otro decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2023.
El problema del maíz transgénico ha provocado una larga discusión entre los que defienden su cultivo y consumo y quienes lo rechazan. Los primeros destacan que este grano es más resistente a plagas y el crecimiento de la mazorca es mayor a la del maíz normal.
Sin embargo, en el contexto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (T-MEC), México ha presentado sus argumentos para prohibir el cultivo y el uso alimentario humano del maíz transgénico, con base en estudios de especialista y científicos nacionales.
De entrada, México pone como un argumento la declaración de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Cultura y las Artes (UNESCO), que ha calificado al maíz como un elemento fundamental en la cultura y gastronomía mexicana, lo que lleva a su defensa frente a cualquier factor que pueda modificarlo.
Asimismo, el gobierno mexicano destaca que, a diferencia de Estados Unidos y Canadá, México tiene como base de su alimentación el maíz, con un consumo promedio anual por persona de 80 kilogramos.
Se resalta también, como argumento, el riesgo de que la siembra de maíz transgénico contamine el cultivo de maíz en sus especies originales a través de la polinización; alerta sobre el peligro de que esta acción afecte la producción de algunas especies originales de este grano, como el maíz bolita y el cacahuazintle, utilizado en varios alimentos, como el pozole.
Por otra parte, los estudios científicos presentados por el gobierno mexicano al T-MEC, señalan los riesgos contra la salud humana y el medio ambiente por el uso de glifosato en su cultivo, un herbicida que puede ser factor de cáncer, además de los daños que causa al medio ambiente.
A esto se ha añadido que el cultivo de maíz transgénico atentaría en contra de los derechos culturales de la población indígena.
La iniciativa de convertir en mandato constitucional el uso restringido del maíz transgénico, tal como lo señala el proyecto que se discute en el Congreso, no es nuevo, sino únicamente elevar a rango constitucional lo establecido en las disposiciones federales de 2020 y 2023.
Hay que recordar que el maíz es originario de México; los vestigios más antiguos del uso en la alimentación fueron encontrados en Tehuacán, y su uso en la alimentación de los pueblos de este país data de hace siete mil años.