Josue Escudero / Izúcar de Matamoros, Pue.
Con la aprobación de nuevas reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta y al Código Fiscal de la Federación, desparecieron para las personas físicas, el régimen de contribuyente dedicado a las actividades agropecuarias, moviéndolos al régimen denominado Régimen Simplificado de Confianza.
En entrevista para Enlace Noticias, Carlos Blackaller, dirigente nacional de la Confederación Nacional de Propietarios Rurales (CNPR), explico que tras esta decisión se platicó con Raquel Buenrostro, jefa de Servicio de Administración Tributaria (SAT), para explicar la problemática con la que se enfrentarían los productores de caña.
La principal es el hecho de que hay productores pequeños, que solo tienen como ingreso las actividades agropecuarias, y la ley establece que, si tus ingresos son menores de 900 mil pesos al año debido a estas actividades, estás exento de pagar el ISR.
Con esta modificación a los ingenios que compran la caña de los productores de la CNPR, se les estableció la obligación de retener el 1.25 por ciento a cuenta del ISR, inclusive a los productores pequeños, lo cual marcaba una clara incongruencia.
Por ello, se dialogó con el organismo; con lo cual se logró cambiar una regla de facilidades en la miscelánea fiscal, donde establece que los ingenios no retengan el 1.25%, a los productores que no tengan un ingreso mayor a los 900 mil pesos.
También se modificó la regla que permite que, si la pensión más el ingreso por actividades agropecuarias no rebasa los 900 mil pesos, tampoco se les retendrá el ISR.
Otra de las peticiones que se logró ,fue la referente que marca que los productores que no están obligados a pagar impuesto sobre la renta, se les exime de esa responsabilidad.