Este martes, el Diario Oficial de la Federación anunció reformas a la Ley General de Telecomunicaciones, y sancionará con hasta siete años de prisión a quienes cobren ilegalmente los servicios de peaje.
Con la reforma del artículo 533 de esta ley, las penas van de 3 meses a 7 años de prisión, y las multas de 100 a 500 veces el valor diario de las unidades de medida y renovación, o sea de 9 mil 622 a 48 mil 110 pesos.
También se aplican sanciones a las personas que suspendan la construcción de estas vías e interrumpan o afecten total o parcialmente otros servicios que operen en las vías comunes de comunicación.
Esta regla entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.