Ninguna mujer colombiana podrá volver a ser juzgada por interrumpir su embarazo hasta la semana 24. La Corte Constitucional del país ha decidido, por cinco votos a favor y cuatro en contra, retirar el delito de aborto del código penal en ese plazo.
En Colombia por tres causas el aborto solo estaba permitido: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.
El movimiento feminista, a través de la agrupación de organizaciones Causa Justa, pidió a la Corte hace un año y medio poner fin a la lista de mujeres que son criminalizadas por abortar, unas 400 cada año, con penas que van de los 16 a los 54 meses de cárcel.
La demanda alegaba que al estar vigente el delito de aborto se violaba el derecho a la igualdad de las mujeres, sobre todo de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad por vivir en zonas rurales o ser migrantes, para que puedan optar por una interrupción de su embarazo incluso estando en las causales autorizadas.
Con esto Colombia se convierte en uno de los países más flexibles de Latinoamérica en lo que refiere a la interrupción voluntaria del embarazo y se une a países como Argentina, Cuba y Uruguay donde también es legal con límite de tiempo