El Consejo General del Instituto Electoral del Estado, en Sesión Especial, realizada el día de hoy, aprobó acciones afirmativas en favor de grupos sociales en situación de vulnerabilidad, para el Proceso Electoral Estatal Ordinario Concurrente 2020-2021.
La finalidad es que los grupos en situación de vulnerabilidad tengan garantizado su acceso a los cargos de elección popular con la posibilidad de tener una representación real a través de candidatas y candidatos pertenecientes a los grupos sociales que históricamente han sufrido discriminación: personas indígenas, personas de la diversidad sexual y personas con discapacidad.
Personas indígenas
El IEE determina como acción afirmativa que los partidos políticos postulen en su lista de diputaciones por representación proporcional, al menos una fórmula integrada por personas indígenas, asimismo que postulen al menos una fórmula de candidaturas en sus planillas a miembros de ayuntamientos, conformada por personas indígenas, en 20 de los 46 municipios con porcentaje de población hablante de lengua indígena igual o mayor al 40%, ambos cargos deberán de cumplir con el principio de paridad de género.
Personas de la diversidad sexual
Con la finalidad de implementar medidas que garanticen la inclusión y el avance en la protección de los derechos político-electorales de la comunidad de la diversidad sexual y puedan participar en la construcción de la vida política en el país, el Consejo General del IEE aprobó la adopción de una acción afirmativa que promueva el acceso de este sector de la población a candidaturas a cargos de elección, especialmente a diputaciones por el principio de representación proporcional.
Deberá considerarse como un piso mínimo, exigible a los partidos políticos la postulación de al menos una fórmula de candidaturas integrada por personas de la diversidad sexual en cualquier lugar de su lista de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional, en dicha fórmula no se considerará, de manera excepcional, el principio de homogeneidad y alternancia de género, establecidos en el artículo 201, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Personas con discapacidad
Derivado de la presencia de personas con discapacidad en toda la entidad, que de acuerdo con las estadísticas del Censo de Población y Vivienda 2020, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el estado de Puebla, son 341,490 personas, aunado a su condición de discriminación histórica, el IEE determinó la adopción de acciones afirmativas que contribuyan a su inclusión en la vida pública.
Los partidos políticos y coaliciones, deberán postular cuando menos una fórmula para diputación por el principio de representación proporcional, en la cual, tanto propietario como suplente deberán pertenecer a este grupo social en situación de vulnerabilidad.
Cabe destacar que las acciones afirmativas que se aprobaron el día de hoy, constituyen medidas temporales, en virtud de que sus efectos aplicarán únicamente para el Proceso Electoral Estatal Ordinario Concurrente 2020-2021.
Con la aprobación de estas medidas el IEE promueve una representación efectiva de los grupos sociales en situación de vulnerabilidad, en el Congreso y en los Ayuntamientos del Estado, a fin de que obtengan visibilidad en la sociedad poblana, y que sus demandas, necesidades y exigencias sean colocadas en la agenda pública.